PERU – Yuri Guerra define el compromiso de la DGJCMT con la industria del juego y la sociedad peruana
LA ENTREVISTA – Por Ricki Chavez-Munoz
Como uno de los reguladores de la industria del juego de mayor experiencia, Yuri Guerra, titular de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas (DGJCMT) de Perú, realizó una magistral presentación sobre “El estado actual del mercado peruano, un mercado peruano y totalmente regulado”, en el marco del último PGS en Lima, donde tuve la oportunidad de volver a conversar sobre su trayectoria y el nuevo rumbo del ente regulador peruano, frente a los nuevos segmentos del juego remoto y las apuestas deportivas en Perú.
RCM: Se puede decir que el juego reglamentado en el Perú llega a su mayoría de edad hacen unos16 años bajo el ordenamiento de las operaciones de casino y tragamonedas, con el compromiso de la DGJCMT con inversores, operadores y la sociedad, mediante responsables gestiones regulatorias, ¿podrías darnos un comentario sobre este tema?
YURI GUERRA: “Desde que asumí el cargo de Director General han sido de ardua labor a fin de cumplir con las metas institucionales y más, considerando que, correspondió asumir la formalización de la actividad de explotación de juegos a distancia y apuestas deportivas.
“Dentro de esta gestión se ha priorizado que la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas continue siendo considerada a nivel internacional como uno de los mejores reguladores en la industria del juego, con una industria sólida y completamente formal, que genera ingresos al Estado Peruano y empleo. Para ello se viene sosteniendo una articulada relación con los empresarios del sector del juego, a fin de que como ente regulador del sector se conozca de primera fuente los problemas actuales de la industria del juego, experiencia que permitirá realizar las modificaciones necesarias a la normativa vigente”.
RCM: Vale añadir, que el trabajo de la DGJCMT ha colocado a Perú como uno de los países lideres en el mundo en el sector del Juego, en ordenar y controlar el juego reglamentado con visión e integridad. En tu nueva capacidad como Director General, ¿puedes decirme si tienes trazado un nuevo plan de trabajo para sostener esta posición?
YURI GUERRA: “La gestión a mi cargo se encuentra comprometida en que la DGJCMT continúe considerándose como uno de los mejores reguladores en la industria del juego.
“Para ello, se tiene previsto la modificación de normas que regulan el sector, así como la adopción de Directivas que complementen la aplicación de las normas vigentes, ello a fin de que nuestra legislación se encuentre a la vanguardia y no constituya un obstáculo para la introducción de nuevas tecnologías de información aplicables al sector del juego.
“La DGJCMT se encuentra comprometida en obtener diversas certificaciones vinculadas a sus sistemas de gestión interna, y en tal sentido cuenta con la Certificación ISO 37001: Sistemas de Gestión Antisoborno, y próximamente pretende implementar el ISO 9001: Sistemas de Gestión de Calidad.
“Por otro lado, se ha establecido un plan de capacitaciones al personal, lo que permitirá contar con personal especializado en materias vinculadas al sector del juego”.
RCM: Las apuestas deportivas en Latinoamérica ha experimentado un cambio transformador, y ahora está surgiendo como un gran catalizador para potenciar tanto marcas locales y como globales. ¿Tiene la DGJCMT un formato para diferenciar las marcas locales de las extranjeras en el aspecto tecnológico?
YURI GUERRA: “El Reglamento de la Ley N° 31557, establece que el titular de explotación de la plataforma tecnológica tiene la obligación de comunicar el dominio con la extensión que utilizara para la explotación de la Plataforma Tecnológica de los juegos a distancia y/o apuestas deportivas a distancia. Asimismo, en las solicitudes de autorización de explotación la DGJCMT conoce si las personas jurídicas que se presentan son empresas constituidas el país o en el extranjero.
“Dichos mecanismos permiten a la DGJCMT diferenciar las marcas locales de las extranjeras. Asimismo, a través del dominio los usuarios podrán conocer las marcas, información que es de acceso público a través de la página web institucional”.
RCM: Los cambios en las regulaciones sobre las oportunidades de juego y las estrategias para que los operadores se destaquen a nivel competitivo crean alianzas comerciales en los deportes, especialmente el fútbol, ¿Puede esto causar problemas al ente regulador?
YURI GUERRA: “Las alianzas comerciales entre titulares de explotación de plataformas de juegos en línea y apuestas deportivas y empresas destinadas al deporte no se encuentran prohibida conforme a la Ley N° 31557, sin embargo, la norma estipula como infracción administrativa el emplear o consentir el uso de procedimientos dolosos, irregulares u operaciones ilícitas en la explotación de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia.
“En la medida que las alianzas comerciales no sean efectuadas para la comisión de fraudes, delitos informáticos y cualquier otro propósito ilícito; el sector del juego no se vulneraría”.
RCM: Existen plataformas que ofrecen a los operadores soluciones usando White Labels para integrar sitios de apuestas y casinos online. ¿Esta esto permitido en Perú, según la regulación aprobada?
YURI GUERRA: “Al respecto, mientras una plataforma tecnológica cumpla con los requisitos técnicos establecidos en la normativa peruana, y cuente con la respectiva autorización y registro (homologación), puede ser explotada en el territorio nacional. Asimismo, la norma permite la integración entre plataformas tecnológicas, así como la integración de éstas con distintos servicios vinculados con la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas.
“Si bien la normativa peruana permite dichas integraciones, para efectos administrativos siempre ostentara la responsabilidad administrativa ante el regulador, el titular de la explotación de los juegos a distancia y/o apuestas deportivas a distancia”.
RCM: Finalmente, en el aspecto de fortalecer la regulación contra los sitios ilegales de apuestas online, ¿Cómo van a tratar a los influenciadores de sitios no autorizados por el impacto que puedan tener en las audiencias más jóvenes?
YURI GUERRA: “La Ley N° 31557 y su Reglamento prohíben la difusión de publicidad de plataformas tecnológicas de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia y salas de juego de apuestas deportivas a distancia que no se encuentren previamente autorizadas por el MINCETUR, asimismo prevé que su inobservancia constituye una infracción a Ley de Represión de la Competencia Desleal, cuya determinación es de competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual– INDECOPI.
“No obstante, la publicidad de sitios ilegales de juegos en línea y apuestas deportivas a distancia realizada a través de influencers, no es de competencia del MINCETUR, sin embargo se establecerán mecanismos para que la entidad competente conozca de aquellas denuncias que realice el público en general respecto a publicidades que constituyen infracción administrativo al amparo de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, y asimismo el MINCETUR procederá a ejercer las acciones de fiscalización que correspondan en relación a la explotación ilegal de plataformas tecnológicas de los juegos y apuestas deportivas a distancia en la jurisdicción peruana”.