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Ida Lopez

ARGENTINA – IPJyC de Mendoza otorga 5 licencias para juego online

“Super 7”, “Rushbet”, “Bplay”, “Codere” y “”Betwarrior” son los nuevos sitios legales para el juego online en LatAm

Con la Resolución No, 192, publicada en el Boletín oficial del Gobierno de Mendoza, el Directorio del Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC) ha resuelto, que el procedimiento licitatorio para otorgar licencias para la operación del juego online en sus distintas modalidades, “se ha llevado a cabo conforme a la normativa legal, contenida en la Ley de Administración Financiera 8.706 y su Decreto Reglamentario”.

Mas formalmente, el Considerando de la Resolución, lee: “Que en Orden N° 02 se presenta Gerencia de Informática y Telecomunicaciones y eleva nota al Directorio del Instituto Provincial de Juegos y Casinos solicitando autorización para iniciar el proceso de llamado a Licitación Pública para la adjudicación de Licencias de Juego On Line, de acuerdo a lo establecido en el Art. 6 de la Ley 9.267 y su Decreto Reglamentario 1.842-22. Destaca que el I.P.J.y.C tiene bajo su responsabilidad el otorgamiento (mediante Licitación Pública), seguimiento, control de aplicación y operatividad. Teniendo en cuenta que están dadas las condiciones técnicas necesarias para la implementación de plataformas de Juego On Line, todo dentro del marco regulatorio vigente, solicita se autorice el llamado a Licitación Pública para el otorgamiento de las mismas”.

El Directorio del IPJyC de Mendoza coincide con el Informe de la Comisión de Preadjudicación en el análisis y evaluación efectuado de las Ofertas, la Grilla resultante y de las observaciones y descargos efectuados por los Oferentes; como también con el dictamen de la Gerencia de Legales obrante en Orden N° 687, y mediante el Articulo 2 de la Resolución, procede con la adjudicación de la Licitación Pública N° 50603-0020-LPU22, como sigue:

“OTORGUESE licencia para la organización, desarrollo, explotación, captación de apuestas y comercialización de la actividad de juego en línea, en sus distintas modalidades, a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o cualquier otro medio interactivo a los Oferentes: “IMPRESORA INTERNACIONAL DE VALORES S.A.I.C – HOTELERA EMPRENDER S.A – UNIÓN TRANSITORIA”; “RUSH STREET INTERACTIVE LATIN AMERICA LLC, SUCURSAL ARGENTINA – DESARROLLOS MAIPÚ S.A. – MZA- UNIÓN TRANSITORIA”; “BOLDT S.A. – FUENTE MAYOR S.A. UT”; “CODERE ONLINE ARGENTINA S.A. – UNIÓN TRANSITORIA” y “TRAYLON SA – ONDISS SA U.T.E.”, por resultar las ofertas más convenientes, reuniendo los requisitos administrativos, técnicos y económicos exigibles, conforme al informe emitido por la Comisión de Preadjudicación de Orden N° 685, que como ANEXO I (en 123 carillas) se acompaña y forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 27 y 28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Técnico.

El ART. 4º de la Resolución establece cinco días hábiles a partir de su notificación para la suscripción de los contratos de adjudicación respectivos, de conformidad al Art. 30 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Técnicas. Además, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde la notificación de la presente, el Adjudicatario deberá presentar la garantía de cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones previstas en el Art. 31 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Técnicas.

Mediante el Artículo primero de la Resolución, se han rechazado las ‘ofertas de “NUEVO PLAZA HOTEL MENDOZA S.A.”; “SLOTS MACHINES S.A.”; “CET S.A.-CONCESIONARIA DE ENTRETENIMIENTOS Y TURISMO-DARUMA SAM S.A. – UNIÓN TRANSITORIA”; “NEW STAR-NEW ADS UTE”; y “BIYEMAS S.A. SKILL ON NET S.A.U. U.T.” por resultar inconvenientes a los intereses del Estado de conformidad al informe emitido por la Comisión de Preadjudicación de Orden N° 685, que como ANEXO I (en 123 carillas) se acompaña y forma parte integrante de la presente resolución, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 27 y 28 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Técnicas’.

Con el final del proceso adjudicatorio de las licencias para el juego online en la provincia de Mendoza, promovido por la presidenta del IPJyC Ida López, se inicia un nuevo ciclo en la región, “con la finalidad de erradicar el juego ilegal, proteger a los menores de edad y a los jugadores, promover un juego seguro y responsable y prevenir el lavado de activos. Creemos que la regulación en toda Latinoamérica es muy importante en el mercado”, tal como lo había propuesto López.

Las propuestas ganadoras se especificaron como sigue:

La propuesta de “IMPRESORA INTERNACIONAL DE VALORES S.A.I.C – HOTELERA EMPRENDER S.A – UNIÓN TRANSITORIA” presenta su propia plataforma de juego denominada “Super 7” con operatividad en otras jurisdicciones de la República Argentina, contemplando tanto juegos de slots y de mesa como apuestas deportivas, y con un canon del 14% a favor del IPJyC.

“RUSH STREET INTERACTIVE LATIN AMERICA LLC, SUCURSAL ARGENTINA – DESARROLLOS MAIPÚ S.A. – MZA- UNIÓN TRANSITORIA” propone la plataforma, conocida a nivel internacional como “Rushbet”, para la actividad de juego en línea en la Provincia de Mendoza, abarcando tanto a juegos de slots, de mesa y de apuestas deportivas, y un canon del 10% a favor del IPJyC.

La Oferta de “BOLDT S.A. – FUENTE MAYOR S.A. UT” proveerá el servicio de la plataforma reconocida nacional e internacionalmente llamada “Bplay”, con juegos de casino y apuestas deportivas, ofreciendo un canon como contraprestación de la licencia del 9% a favor del IPJyC.

La propuesta de “CODERE ONLINE ARGENTINA S.A. – UNIÓN TRANSITORIA” ofrece la plataforma de juegos y apuestas deportivas reconocida a nivel nacional e internacional llamada “Codere”, con juegos de slots, de mesa y apuestas deportivas, y como contraprestación un 10% de canon a favor del IPJyC.

La propuesta de “TRAYLON SA – ONDISS SA U.T.E.” propone para obtener la licencia de juego en línea la plataforma conocida nacional e internacionalmente bajo el nombre comercial de “Betwarrior”, con oferta de juegos de casino y apuestas deportivas, ofreciendo un canon del 10% a favor del IPJyC.


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